La Orientación se ha ajustado a cada una de las reformas hechas por los gobiernos que han presidido durante su aparición. Por ello, para entenderla hay que tener en cuenta su evolución en las etapas educativas:
- LODE: (3 de Julio de 1985) .
Se hizo referencia al “derecho del alumno a recibir orientación escolar y profesional” , sin dejar claro siquiera como debe llevarse a cabo la orientación.
Con esta Ley se comenzó el traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas y estas crean sus servicios de orientación.
- LOGSE: (3 de Octubre de 1990) .
Con esta nueva ley educativa se comienza a considerar la orientación como un proceso continuo en el cual se deben implicar toda la comunidad educativa.
Se tuvo en cuenta por primera vez la prevención y el desarrollo del alumno.
Aparecen las funciones del Departamento de orientación que no aparecían en la LODE.
Es en esta etapa donde se desarrolla la Orientación Educativa con amplitud.
- LOE: (3 de Mayo de 2006):
Recoge que la orientación educativa y profesional de los estudiantes es necesaria para el logro de una formación personalizada.
Se tiene en cuenta la orientación en Educación Secundaria Obligatoria y la atención especial que se deberá prestar a la orientación educativa y profesional del alumnado.
Entre otros cambios que se producen con la LOE, lo que durante la antigua LOGSE se denominaba “la atención psicopedagógica y la orientación educativa y profesional” pasa a denominarse “la orientación educativa y profesional”.
Tanto en la LOGSE como en la LOE las funciones de la orientación académica estarán entre las que tiene que desempeñar el tutor.
Derechos de los alumnos y los padres a “recibir orientación educativa y profesional” y a “ser escuchados en cuanto a las decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de los hijos”.
- LOCE (23 de Diciembre de 2002) .
Ley Orgánica de Calidad de la Enseñanza. Aunque es la que más importancia le da a la Orientación Educativa, nunca llegó a llevarse a cabo a causa del cambio de gobierno.
En ella se habla del derecho a la orientación educativa y profesional de todos los alumnos.
Emisión de un informe escolar del alumnado desde el equipo de orientación.
Programas de iniciación profesional.
- LEA (26 de Diciembre de 2007)
Ley de Educación de Andalucía
Derechos de los alumnos de la comunidad andaluza, a una orientación educativa y profesional y una evaluación y reconocimiento objetivos de su dedicación y esfuerzo.
El alumnado debe respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.
Esta nueva norma permite a Andalucía, dentro del marco de la LOE, establecer sus propios objetivos educativos y las medidas para alcanzarlos.
- LOMCE (9 de Diciembre de 2013) .
Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa.
Aparece que la Orientación tendrá una consideración especial (pero no se menciona ni cómo se realizará, ni los aspectos a modificar).
Se mantiene la entrega del informe correspondiente a las capacidades adquiridas.
Durante todo el documento se habla de consejo orientador, el cual servirá de intermediario para proponer a los padres la incorporación de un alumno a un ciclo de Formación Profesional Básica cuando la adquisición de las competencias lo aconseje.
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